Solicitud de fondos a rendir

Para solicitar un fondo a rendir se deberá previamente establecer el tipo de gasto que se requiere financiar y el monto aproximado que se requerirá, luego pedir autorización del fondo mediante el envió con a lo menos una semana de anticipación a la Directora A&F email mamigot@uc.cl.

La solicitud debe contener la siguiente información:

  • Nombre responsable del Fondo.
  • Monto.
  • Motivo de la solicitud del Fondo ( Ej: Aplicación Piloto, otro).
  • Nombre de Área/Proyecto.

La rendición de gastos financiados con los fondos a rendir se debe realizar a la semana siguiente de concluida la actividad a través del “Formulario de Rendición de fondo a Rendir” (descargar archivo Nº 5 Formulario Rendición Fondos a Rendir) el que deberá ser enviado a la asistente de A&F. No se aceptarán rendiciones cuya documentación de respaldo tenga una antigüedad superior a tres semanas desde la fecha de emisión de boletas o facturas.

Todos los gastos financiados con Fondos a Rendir deberán ser rendidos antes del 31 de diciembre (del año respectivo), lo anterior con la finalidad que los gastos queden reflejados en el año que ocurrieron.

Sólo se aceptarán originales como documentos de respaldo. Por ningún motivo se deben enmendar documentos de respaldo o formularios. En los documentos que respaldan los gastos de combustibles o peajes se deberá incluir el número de patente del vehículo. Todo gasto cuyo monto sea igual o superior a $ 150.000 deberá ser respaldado siempre con factura la que deberá estar extendida a nombre de la Pontificia Universidad Católica de Chile y estar debidamente recepcionada.

En caso de extravío de documentación de respaldo, el responsable del fondo deberá efectuar una Declaración Jurada ante Notario de lo sucedido, la que será presentada a la Dirección de finanzas UC para su aprobación (o no).

Gastos que NO se pueden incluir en la rendición de Fondos por Rendir:

  • Pagos por concepto de remuneraciones u honorarios: no es posible rendir este tipo de gastos debido a que existe una serie de cumplimientos formales y legales que se deben considerar: en el caso de remuneraciones los descuentos previsionales y tributarios y en el caso de honorarios la retención del impuesto de segunda categoría.
  • Pagos por trabajos menores por ej. carpintería, pintura, gasfitería, lavados en general, etc.
  • Compra de artículos inventariables (bienes clasificados como Activo Fijo), por ej. computadores, impresoras, escritorios, etc.
  • Pagos por concepto de reparación de vehículos.
  • Importaciones.