PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Caja Chica

La caja chica corresponde a un monto de dinero destinado a financiar gastos menores necesarios para el normal desarrollo de las actividades de un determinado proyecto, los gastos que se financien por ésta vía no podrán superar los $20.000 por cada compra y deberán rendirse periódicamente.

Este fondo será asignado a un responsable previamente autorizado por la Dirección de A&F.

Para rendir gastos financiados con caja chica se debe completar el “Formulario de Rendición de Caja Chica“ (descargar archivo Nº 7 Formulario rendición caja chica) y enviarlo a la asistente de A&F con la documentación original de respaldo y que debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Corresponder a documentos tributarios tales como boletas de compra venta o facturas,
  • La fecha de emisión de los documentos debe corresponder al periodo que se está rindiendo y traer detallado claramente el motivo de cada gasto.
  • La documentación debe estar legible a simple vista, sin manchas ni roturas. Para el caso de las boletas impresas por transferencia térmica se deberá asegurar la permanencia de la legibilidad y calidad de la impresión de los datos, fotocopiando (si fuera necesario) la documentación en los casos de montos significativos o compras de artículos relevantes con v°b° del responsable de la compra.

Es muy importante tener presente que para el caso de facturas y boletas emitidas durante el mes de diciembre deben quedar rendidas a más tardar la última semana de dicho mes, en enero no se podrá rendir ningún documento que haya sido emitido el año anterior.

Gastos que NO se pueden incluir en la rendición de Caja chica:

  • Pagos por concepto de remuneraciones u honorarios: no es posible rendir este tipo de gastos debido a que existe una serie de cumplimientos formales y legales que se deben considerar: en el caso de remuneraciones los descuentos previsionales y tributarios y en el caso de honorarios la retención del impuesto de segunda categoría.
  • Pagos por trabajos menores por ej. carpintería, pintura, gasfitería, lavados en general, etc.
  • Compra de artículos inventariables (bienes clasificados como Activo Fijo), por ej. computadores, impresoras, escritorios, etc.
  • Pagos por concepto de reparación de vehículos.
  • Importaciones.
  • Pago de Viáticos.