| Igualdad, equidad y justicia: ¿Estamos hablando de lo mismo? |
| Por: Juan Carlos Castillo |
| Doctor en Sociología de Berlin Graduate School of Social Sciences, Universidad de Humboldt, Berlín. Investigador de MIDE UC. |
Los términos inequidad, injusticia y desigualdad aparecen recurrentemente en el discurso público en nuestro país, especialmente luego de conocerse los resultados de mediciones educacionales como el SIMCE y la PSU, así como también en discusiones relativas al ingreso ético familiar. La aparición de estos conceptos se enmarca muchas veces en un tono de denuncia y como justificación a distintas políticas públicas de carácter correctivo o al menos paliativo. También se apela a la equidad, justicia e igualdad al momento de buscar responsables en ámbitos históricos, políticos, e incluso en relación a las mismas mediciones, como si ellas fueran responsables de la obtención de resultados desiguales en Chile, uno de los países con peor distribución de ingreso a nivel mundial. Con todo, el uso laxo y repetitivo de los términos conlleva una serie de inconvenientes para avanzar en el debate respecto de la justicia social o distributiva, dificultades que se pueden clasificar en torno a dos puntos: el supuesto de equivalencia y el supuesto de consenso. Ambos puntos requieren ser despejados para luego plantear alguna contribución desde las ciencias sociales y desde la medición empírica al tema..

El supuesto de equivalencia se refiere a asumir que equidad, justicia e igualdad poseen el mismo significado en lo que respecta a la distribución de bienes materiales y recompensas. Tal supuesto ignora siglos de debate en filosofía política desde la Ética Nicomaquea de Aristóteles (1999 [350 a.C.]) en adelante, la cual representa un punto de partida a la distinción entre justicia y principios distributivos. La definición tradicional de justicia establece una relación entre individuos y recompensas/castigos, de dar a cada cual lo que le corresponde. Por otro lado, igualdad y equidad corresponden a formas particulares de distribución o principios distributivos (Aalberg, 2003; Cohen, 1987; Cook & Hegtvedt, 1983; Deutsch, 1975; Fleischacker, 2004; Frohlich, Oppenheimer, & Eavey, 1987; Törnblom & Vermunt, 2007), donde en su forma básica el principio de la igualdad prioriza la distribución independientemente de las diferencias individuales, mientras la equidad fundamenta una distribución desigual en base a ciertas diferencias individuales (también llamada igualdad proporcional) y se asocia al concepto de mérito. Por ejemplo, una igualdad estricta en términos de sueldos equivaldría a salarios iguales independientemente de la profesión o esfuerzo individual, mientras una distribución equitativa enfatiza esas diferencias de profesión o esfuerzo para establecer una “desigualdad justa” de salarios.
Pocos autores se atreven a plantear una igualdad estricta como criterio o principio de justicia; por el contrario, muchos proponen que la aplicación de este principio sin miramientos a diferencias individuales conduciría a una distribución injusta. Respecto al principio de equidad, si bien éste adquiere vigencia como criterio de justicia especialmente en sociedades de mercado, sus críticos apuntan a que asume igualdad universal de condiciones iniciales. Esto se refiere a que una distribución equitativa que pueda ser considerada justa supone que todos los individuos partirían de condiciones iniciales similares (por ejemplo, la misma calidad de educación o similares capacidades de esfuerzo y de aprendizaje). La discusión teórica respecto a justicia entonces se enmarca tradicionalmente entre distintas formas de concebir la igualdad, donde la equidad es un tipo particular de ella. El debate en este ámbito ha sido denominado “¿Igualdad de qué?” (Krebs, 2000), donde la justicia es una virtud universal a alcanzar en base a distintos tipos de igualdad: igualdad proporcional según Aristóteles, igualdad en los recursos (Dworkin, 2000), igualdad de bienes básicos (Rawls, 1971), igualdad de oportunidades de bienestar (Roemer, 1998) o igualdad en las capacidades (Sen, 1992). Sin profundizar en este debate, una primera lección a rescatar desde la discusión normativa es que equidad, justicia e igualdad no son equivalentes, y que la justicia distributiva incluso puede concebirse como definir qué tipos de desigualdades pueden ser consideradas justas.
Referirse a tipos y niveles de desigualdad justa nos lleva a nuestro segundo punto: el supuesto de consenso. Este supuesto se refiere a creer que todos estamos de acuerdo en temas de justicia e igualdad, ya que se asume que la desigualdad genera un rechazo generalizado y que es sinónimo de injusticia (principalmente a partir de la época de la Ilustración en adelante). Esta posición frente al tema ha sido contrastada por la justicia social empírica, una línea de investigación centrada en las percepciones y creencias respecto a justicia y desigualdad económica (Arts, Hermkens, & Wijck, 1991; Kluegel, Mason, & Wegener, 1995; Wegener, 1999, 2001). El argumento principal de esta área de estudios es que individuos, grupos y sociedades presentan variabilidad en relación a criterios de justicia distributiva, es decir, no existe consenso sino diferencias sistemáticas en la evaluación de ciertos niveles de desigualdad como justos. Desde esta perspectiva no se intenta establecer posturas valóricas basadas en opinión pública, sino sólo reflejar los principios distributivos que operan en una sociedad y de esta forma retroalimentar los debates de la filosofía política. La mayor parte de la investigación en este ámbito se refiere a la justicia de las diferencias salariales, si bien líneas emergentes también abarcan temas como pensiones y notas escolares.
Las disciplinas vinculadas a la justicia social empírica son principalmente la sociología y la psicología social, que se introducen en el ámbito de la justicia desde las investigaciones en deprivación relativa (Crosby, 1979; Runciman, 1966) y en el marco de la teoría de la equidad (Adams, 1963; Berkowitz & Walster, 1976; Wegener, 1990), las cuales plantean que las evaluaciones de justicia distributiva tienen lugar en procesos de comparación social: lo justo es lo que otros “como yo” reciben como recompensa (por ej. salarios) o como castigo. Esto lleva a que la justicia, en la práctica, sea una ecuación que contiene como parámetros distintos criterios asociados a recompensas, por ejemplo: edad, nivel educacional, sexo, número de hijos, apellido, color de piel, entre otros. El desafío de la investigación consiste entonces en identificar y estimar los parámetros de esta ecuación, donde los resultados preliminares señalan que el status ocupacional y el nivel educacional son los principales factores asociados a la justificación de la desigualdad salarial. En otras palabras, la equidad y el mérito aparecen como los principales criterios de justicia distributiva en la opinión pública, a pesar de las diferencias en las condiciones iniciales como el origen socio-económico. En términos de justicia distributiva, pareciera importar más dónde se llega que de dónde se parte, lo que se aleja bastante del ideal igualitario que muchas veces se asume como consensual.
Tanto la separación conceptual de equidad, justicia e igualdad, así como también el cuestionamiento del consenso respecto de igualdad permiten abrir un espacio de investigación relevante. Si bien no corresponde a las investigaciones empíricas dar indicaciones normativas respecto a cuál es el principio distributivo más justo o más adecuado, sí es posible develar los principios que ordenan la estructura de estratificación social y de esta manera poner sobre la mesa las diferencias respecto a qué entendemos por una sociedad justa.
Referencias
Aalberg, T. (2003). Achieving justice: comparative public opinion on income distribution. Leiden: Brill.
Adams, J. (1963). Towards an Understanding of Inequity. Journal of Abnormal Psychology, 67, 422-36.
Aristotle. (1999). Nichomaquean Ethics. Kitchener: Batoche Books.
Arts, W., Hermkens, P., & Wijck, V. (1991). Income and the Idea of Justice: Principles, Justice and Their Framing. Journal of Economic Psychology, 12, 121-140.
Berkowitz, L., & Walster, E. (1976). Equity Theory: Toward a General Theory of Social Interaction. New York: Academic Press.
Cohen, R. (1987). Distributive justice: Theory and research. Social Justice Research, 1(1), 19-40.
Cook, K., & Hegtvedt, K. (1983). Distributive Justice, Equity, and Equality. Annual Review of Sociology, (9), 217-241.
Crosby, F. (1979). Relative Deprivation Revisited: A Response to Miller, Bolce, and Halligan. The American Political Science Review, 73(1), 103-112.
Deutsch, M. (1975). Equity, Equality, and Need: What Determines Which Value Will Be Used as a Basis of Distributive Justice? Journal of Social Issues, 31(3), 137-150.
Dworkin, R. (2000). Sovereign Virtue: The Theory and Practice of Equality. Cambridge: Harvard University Press.
Fleischacker, S. (2004). A Short History of Distributive Justice. Cambridge, MA: Harvard University Press.
Frohlich, N., Oppenheimer, J., & Eavey, C. (1987). Choices of Principles of Distributive Justice in Experimental Groups. American Journal of Political Science, 31(3), 606-637.
Kluegel, J., Mason, D., & Wegener, B. (1995). Social Justice and Political Change: Public Opinion in Capitalist and Post-Communist States. New York: Aldine de Gruyter.
Krebs, A. (2000). Gleichheit oder Gerechtigkeit. Frankfurt/Main: Suhrkamp.
Rawls, J. (1971). A Theory of Justice. Cambridge: Harvard University Press.
Roemer, J. (1998). Equality of opportunity. Cambridge Mass.: Harvard University Press.
Runciman, W. (1966). Relative Deprivation and Social Justice. A Study of Attitudes to Social Inequality in Twentieth Century England. London: Routledge & Kegan Paul.
Sen, A. (1992). Inequality Reexamined. New York: Russell Sage Foundation.
Törnblom, K. Y., & Vermunt, R. (2007). Distributive and Procedural Justice: Research and Social Applications. Aldershot, England: Ashgate.
Wegener, B. (1990). Equity, Relative Deprivation, and the Value Consensus Paradox. Social Justice Research, 4(1), 65-86.
Wegener, B. (1999). Belohnungs- und Prinzipiengerechtigkeit. Die zwei Welten der empirischen Gerechtigkeitsforschung. In U. Druwe & V. Kunz (Eds.), Politische Gerechtigkeit (pp. 167-214). Opladen: Leske + Budrich.
Wegener, B. (2001). Ist soziale Gerechtigkeit das, was die Leute dafür halten? Zum Verhältnis von normativer und empirischer Gerechtigkeitsforschung. In P. Koller (Ed.), Gerechtigkeit. Ihre Bedeutung im politischen Diskurs der Gegenwart (pp. 123-164). Wien: Passagen Verlag.
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